No acostumbramos a corregir una vez publicado , lo que hemos resuelto difundir. Es obvio. Tampoco queremos realizar seguimiento a traves de nuestras publicaciones de otras ya emitidas, pero en este caso se hace necesario que volvamos sobre la entrada que hace referencia al conflicto de los trabajadores de ANCAP y que mantienen , por que aun continua, con el directorio del ente , y al que hicimos referencia en una entrada anterior a la que colocamos como titulo , precisamente, ANCAP.
El hecho de establecer opinión sobre este asunto nos obliga , por responsabilidad y no por otro motivo, a volver sobre esta cuestión para que se pueda tener de cierta manera un panorama de como se están sucediendo los hechos .
A continuacion se ha transcripto el acta de acuerdo a la que alcanzaron los diferentes representantes en la tripartita , ( trabajadores, directorio y el ministerio de trabajo). De alli se desprende no solo el estado de cosas, tambien nos avisa que deberemos volver sobre el tema.
Acta: En Montevideo, a los 10 días del mes de setiembre de 2012
comparecen ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
representado en este acto por el Dr. Fernando Delgado y las Dra.Alessandra Raso, Paola Opertti y Carolina Pirazza : POR UNA PARTE: la administracion nacional de Combustibles Alcohol y Portland (ANCAP), representada en este acto por el presidente del Directorio, Raúl Sendic y el director Juan Gomez , y POR OTRA PARTE: la agrupacion Ex Federacion ANCAP representada en este acto por su presidente Sr. Artigas González y su Secretario Raul Andrede y el PIT-CNT , representado por Gabriel Molina quienes pre-acuerdan lo siguiente en relacion a la situacion de conflicto existente e el organismo : PRIMERO : Las partes constituiran un ambito de negociacion tripartito a efecto de abordar temas de seguridad industrial y salud en el trabajo, con participacion de la Inspeccion General del trabajo , SEGUNDO: Asimismo, las partes constituiran un ambito tripartito con la participacion del M.T.S.S a efectos de discutir los siguientes temas 1) Carrera Horizontal, 2) Ingresos y llenado de vacantes y 3) Organizacion del trabajo.
Este ámbito tendrá un plazo de sesenta días, sujeto a revisión por las partes TERCERO: a partir del día de la fecha y durante el plazo referido en la clausula anterior, las partes se comprometen a dejar en suspenso cualquier tipo de medidas y/o resoluciones de conflicto. CUARTO: El presente pre-acuerdo deberá ratificarlo en su totalidad por las partes debiendo comunicar fehacientemente, mediante sus órganos competentes al M.T.S.S . Dicha ratificación. Leída que les fue se firman 4 ejemplares de un mismo tenor.
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